| En el plazo máximo de seis meses, a contar desde
la fecha de aprobación del presente Plan, el Gobierno
de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Sanidad
y Consumo aprobarán la correspondiente normativa que
regule para los ciudadanos de la Comunidad de Madrid,
la Garantía de Respuesta Asistencial Quirúrgica
en consonancia con los objetivos del Plan Integral y
en relación con los procedimientos quirúrgicos que se
determinen.
En la forma en que normativamente se disponga, la Garantía
de Respuesta Asistencial simplificará, para los ciudadanos
que se acojan voluntariamente a ella, la libre elección
de centro sanitario, entre los pertenecientes a la Red
Sanitaria Única de Utilización Pública, en relación
con el tipo de proceso requerido, produciéndose desde
ese momento su salida automática de la lista de espera
quirúrgica.
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