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GUÍA DE SERVICIOS

AYUDA MUTUA ENLACES A HOSPITALES
     
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11. Garantía de Respuesta Asistencial

En el plazo máximo de seis meses, a contar desde la fecha de aprobación del presente Plan, el Gobierno de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Sanidad y Consumo aprobarán la correspondiente normativa que regule para los ciudadanos de la Comunidad de Madrid, la Garantía de Respuesta Asistencial Quirúrgica en consonancia con los objetivos del Plan Integral y en relación con los procedimientos quirúrgicos que se determinen.

En la forma en que normativamente se disponga, la Garantía de Respuesta Asistencial simplificará, para los ciudadanos que se acojan voluntariamente a ella, la libre elección de centro sanitario, entre los pertenecientes a la Red Sanitaria Única de Utilización Pública, en relación con el tipo de proceso requerido, produciéndose desde ese momento su salida automática de la lista de espera quirúrgica.