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GUÍA DE SERVICIOS

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Formación, Investigación y Estudios Sanitarios

REGISTRO DE PROFESIONALES QUE ACTÚAN EN EL ÁMBITO SANITARIO

Servicio que presta
  • Información y asesoramiento a los profesionales sanitarios interesados en el acceso al Registro, gestión de la documentación y de los certificados de inscripción en el Registro de sus méritos e historial profesional.
  • Inscripción en el Registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicio en actividades relacionadas con el transporte sanitario en la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción del mantenimiento en el Registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicio en actividades relacionadas con el transporte sanitario den la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción en el Registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción del mantenimiento de el registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción de el Registro de cursos acreditados para impartir los niveles suficientes de formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el transporte sanitario en la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción en el Registro de cursos acreditados para impartir los niveles suficientes de formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción en el Registro de certificados emitidos por entidades formativas sobre cursos acreditados para impartir los niveles suficientes de formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el transporte sanitario en la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción en el Registro de certificados emitidos por entidades formativas sobre cursos acreditados para impartir los niveles suficientes de formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Inscripción en el Registro de entidades jurídicas para la canalización de la participación en  aspectos de carácter científico-técnico en el ámbito de la Comunidad de Madrid. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
  • Registro de actividades científicas y técnicas de carácter extraordinario organizadas por entidades públicas y privadas. (Plazo de resolución del expediente: 3 meses).
Población a la que va dirigido el servicio

Profesionales y entidades en relación con el ámbito sanitario.

Organismo responsable

Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios.

Persona responsable

Fernando Roldán Cuadrado.
Secretario Técnico del Registro de Profesionales.
Área de Normalización, Acreditación y Desarrollo Profesional.

Información Medios de transporte

C/ Gran Vía, 27, pta. 6ª.
28013 Madrid.
Tel.: 91 308 94 00 / 91 308 95 99.
Fax: 91 308 94 58 / 91 308 94 63.
E-mail: fernando.roldan@salud.madrid.org

Autobuses: 1, 2, 3, 40, 44, 46, 74, 75, 133, 146, 147, 148, 149, 202 y SE.
Metro: Gran Vía y Callao.
Horario de atención al público

De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Normativa aplicable
1.- Orden 650/2004, de 17 de junio, por la que se crea y regula el Registro de Profesionales que actúan en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid. Consejería de Sanidad .

2.- Normativa para la Inscripción en el Registro de Técnicos de Emergencias: Nivel Básico y Nivel Avanzado y para la Inscripción en el Registro de personal médico y personal de enfermería de trasporte sanitario y normativa para la Inscripción del mantenimiento en el Registro de Técnicos de Emergencias: Nivel Básico y Nivel Avanzado y para la Inscripción del mantenimiento en el Registro de personal médico y de personal de enfermería de transporte sanitario:

  • Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (BOCM 26.12.01).
  • Decreto 139/2002, de 25 de julio, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 559/1997, de 17 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establecen los criterios que permitan garantizar los niveles mínimos de formación del personal MÉDICO y de ENFERMERÍA que presten sus servicios en actividades relacionadas con el transporte sanitario (BOCM 4.4.97).
  • Orden 560/1997, de 17 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establecen los criterios que permitan garantizar los niveles de formación del personal dedicado al transporte sanitario en ambulancia: TÉCNICO NIVEL BÁSICO Y AVANZADO (BOCM 4.4. 97).
    Ambas Órdenes están reformadas en su Art. 8º por las Órdenes: 160/2000 y 161/2000, de 19 de Abril (BOCM 4.5.00).
  • Orden 161/2000, de 19 de abril, por la que se modifica parcialmente la Orden 559/1997, de 17  de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establecen los criterios que permitan garantizar los niveles mínimos de formación del personal médico y de enfermería que presten sus servicios en actividades relacionadas con el transporte sanitario (BOCM de 4.5.00).
  • Orden 160/2000, de 19 de abril, por la que se modifica parcialmente la Orden 560/1997, de 17 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establecen los criterios que permitan garantizar los niveles mínimos de formación del personal dedicado al transporte sanitario en ambulancia (BOCM 4.5.00).
  • Orden 1102/2003,  de 12 de noviembre, de la Consejería de Sanidad. (BOCM 25.11.03). (Varias modificaciones).
  • Decreto 128/1996, de 29 de agosto, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales por el que se regulan las características técnico-sanitarias de los vehículos-ambulancia residenciados en la Comunidad de Madrid para el transporte sanitario terrestre (BOCM 11.9.96)
  • Resolución 3468/1997, de 1 de julio, por la que se dictan normas de funcionamiento de la comisión para el asesoramiento de homologación de personal dedicado al Transporte Sanitario en Ambulancias de la Dirección General de Salud de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (BOCM 22.7.97).
3.- Normativa para la Inscripción en el Registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid y Normativa para la inscripción del mantenimiento en el Registro de personas con los niveles suficientes de formación para prestar servicios en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid: 
  • Decreto 80/1998, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid (BOCM 27.5.98).
  • Orden 481/2002, de 4 de julio, de la Consejería de Sanidad, sobre niveles mínimos de formación del personal que preste sus servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid (BOCM 12.7.02).
4.- Normativa para la Inscripción en el Registro de cursos acreditados para impartir los niveles suficientes de formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el transporte sanitario en la Comunidad de Madrid, Nivel Básico, Nivel Avanzado, Personal Médico y Personal de Enfermería:
 
  • Decreto 128/1996, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 560/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 160/2000, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Resolución 3468/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 1102/2003, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 559/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
5.- Normativa para la Inscripción en el Registro de cursos acreditados para impartir los niveles suficientes e formación que permite prestar servicio en actividades relacionadas con el socorrismo en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid: 
6.- Normativa para la Inscripción en el Registro de certificados de cursos acreditados de Técnicos de Emergencias Nivel Básico y Nivel Avanzado, Personal Médico y Personal de Enfermería. Diligencia de inscripción en certificados: 
  • Orden 559/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 560/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 161/2000, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 160/2000, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Orden 1102/2003, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Decreto 128/1996, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
  • Resolución 3468/1997, (Ver Punto 1 del Apartado Normativa de esta ficha).
7.- Normativa para la Inscripción en el Registro de certificados de cursos acreditados para el personal que preste sus servicios como Socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid. Diligencia de inscripción en certificados: 
8.- Normativa para la Inscripción en el Registro de Asociaciones Científicas Sanitarias de la Comunidad de Madrid: 
  • Orden de 5 de septiembre de 1988 de la Consejería de Salud de la Ordenación de la Asesoría Científico-Técnica y Comunitaria en el campo de la Salud y los Servicios Sanitarios (BOCM 8.9.88).
9.- Normativa para la Inscripción en el Registro de actividades declaradas como de interés sanitario: 
  • Orden 1085/1998, de 25 de mayo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se regula el reconocimiento de interés sanitario o social, para actos de carácter científico en la Comunidad de Madrid (BOCM 2.6.98).
Procedimiento
  • Para solicitar el registro es preciso: haber efectuado el curso acreditado pertinente o haber obtenido homologación y estar en posesión de graduado escolar o equivalente, título Diplomado Universitario, Licenciado, Doctor o especialista.
  • Se deberá presentar:
    • Solicitud.
    • Fotocopia del DNI.
    • Fotocopia del certificado del curso acreditado y Fotocopia del certificado de Graduado Escolar o equivalente, título Diplomado Universitario, Licenciado, Doctor o Especialista.
  • Se deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada parcialmente por Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo de resolución es de 3 meses.
  • Entrega de la documentación y solicitud en Registro General dentro de la normativa vigente, sobre la presentación de solicitudes a las administraciones públicas o en el Registro General  de la Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios (C/ Gran Vía, 27. 28013 Madrid) en horario de 9 a 14 horas.
Información adicional

Cáp. IX - 14