Es la atención
que se presta al paciente en los casos
en que su situación clínica
hace precisa una atención sanitaria
inmediata. Se puede prestar tanto en el
Centro Sanitario como en el domicilio del
paciente.
Población
a la que va dirigido el servicio
Población general.
Organismo responsable
Servicio Madrileño
de la Salud, a través de los Centros
de Atención Primaria, Centros Hospitalarios
y Servicio de Urgencias Médicas de
Madrid (SUMMA 112).
Real
Decreto 63/1995, de 20 de enero,
de Ordenación de Prestaciones del
Sistema Nacional de la Salud.
Ley
12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación
Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Ley
16/2003, de 28 de mayo de Cohesión y Calidad del
servicio Nacional de Salud.
Procedimiento
Solicitud de atención
en los propios Centros Sanitarios o bien por teléfono
a los números 061,112 o a los establecidos
al efecto en los Servicios de Atención
Primaria.