| Servicio que presta |
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La Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid participa en la emisión
de un informe realizado por los facultativos
especialistas en Ginecología y Obstetricia
del Servicio Madrileño de la Salud, que
certifican las situaciones de riesgo durante
el embarazo por causa del desarrollo del trabajo
habitual de la mujer y siempre que no sea posible
el cambio del puesto de trabajo de ésta.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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| Organismo responsable |
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- Servicio Madrileño de la Salud.
- Dirección Provincial del Instituto Nacional
de la Seguridad Social (I.N.S.S.).
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| Persona responsable |
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Especialista en Ginecología y Obstetricia
del Servicio Madrileño de la Salud.
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| Información |
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Centro de Salud asignado al paciente.
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| Horario de atención
al público |
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De lunes a viernes,
en horario ininterumpido de funcionamiento del
Centro de salud.
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| Normativa aplicable |
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- Ley
31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención
de Riesgos Laborales (BOE 10.11.95).
- Ley
39/1999, de 5 de noviembre , para
promover la conciliación de la vida
familiar y laboral de las personas trabajadoras (BOE
6.11.99).
- Real
Decreto 1251/2001 de 16 de noviembre,
por el que se regulan las Prestaciones
Económicas
del Sistema de la Seguridad Social por
Maternidad y Riesgo durante el embarazo (BOE
17.11.01).
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| Procedimiento |
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- Cuando exista una situación de riesgo
durante la gestación por causa del desarrollo
del trabajo habitual y no sea posible el cambio
de puesto, el médico especialista puede
certificarla, emitiendo un documento al efecto.
- Ésta es una prestación
que, si procede, otorga directa y plenamente
el INSS, previos informes de la empresa de
la trabajadora.
- La trabajadora debe acudir
al médico
especialista, a su empresa y al INSS para recibir
adecuada información sobre el procedimiento.
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Información adicional |
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| Datos de Interés |
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- Esta prestación supone un período
de descanso y una aportación económica
para la gestante, cuando su trabajo pueda influir
negativamente en su salud o en la del feto
y no sea posible el cambio de puesto de trabajo, todo ello debidamente acreditado.
- Ante cualquier incidencia
o consulta, se acudirá a
los centros del INSS.
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