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Atención al Paciente 

PRESTACIONES EXCLUIDAS DE LA ASISTENCIA SANITARIA PÚBLICA

Servicio que presta

Información sobre las prestaciones excluidas de la asistencia sanitaria financiada con cargo a los fondos de la Seguridad Social.

Población a la que va dirigido el servicio
    Población general.
Organismo responsable
    Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales
    Servicio Madrileño de la Salud
Persona responsable
    Servicio de Información y Atención al Paciente.
Información
 
Horario de atención al público

Lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

Normativa aplicable
    Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre Ordenación de Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud (B.O.E. 10.2.95).
Procedimiento
    Las prestaciones que a continuación se enumeran, quedan expresamente excluidas de la Asistencia Sanitaria financiada con cargo a los fondos de la Seguridad Social. No obstante, podrán ser realizadas en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, bien sea con cargo a otros fondos públicos o con cargo a los particulares solicitantes.

      A) Expedición de informes o certificados sobre el estado de salud, distintos a los especificados en la sección de Servicios de Información y Documentación Sanitaria.
      B) Los reconocimientos y exámenes, o las pruebas biológicas voluntariamente solicitadas, o realizadas por interés de terceros.
      C) La cirugía estética que no guarde relación con accidente, enfermedad o malformación congénita, o sea, la cirugía estética no reparadora.
      D) Tratamientos en balnearios y curas de reposo.
      E) La cirugía de cambio de sexo, salvo la reparadora en estados intersexuales patológicos.
      F) El psicoanálisis y la hipnosis.
Información adicional

Cáp. III - 13