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| Atención
al Paciente |
| INFORME DE
ALTA |
| Servicio que presta |
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Información sobre su historial clínico, actividad
asistencial prestada, diagnóstico y
recomendaciones terapéuticas. |
| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Población general.
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Atención al Paciente y
Relaciones Institucionales
Servicio Madrileño de la Salud.
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| Persona responsable |
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- Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria
- Centro Sanitario correspondiente
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Sagasta, 6, 1ª planta
28004 Madrid
Tel.: 91 338 78 57
Fax: 91 338 77 00
E-mail: fuencisla.gasset@salud.madrid.org
agenciavirtual@salud.madrid.org .
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Autobuses: 21 y 147
Metro: Bilbao y Alonso Martínez
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| Horario de atención
al público |
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Lunes a viernes, de 9
a 14 horas
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| Normativa aplicable |
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Orden
Ministerial de 6 de septiembre de 1984, del
Ministerio de Sanidad , por
la que se regula la obligatoriedad del
Informe de Alta, (B.O.E. 14.9.84).
- Ley
41/2002, de 14 de noviembre,
básica reguladora de la autonomía
del paciente y de derechos y obligaciones
en materia de información y documentación
clínica (BOCM 15.11.02).
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| Procedimiento |
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| Información
adicional |
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| Datos de Interés |
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El Informe de alta, escrito a máquina o
con letra claramente legible debe contener como
mínimo los siguientes datos:
1. Referidos al Hospital y Unidad Asistencial:
A) Nombre del establecimiento, domicilio social y teléfono.
B) Identificación del Servicio Clínico que da el alta.
C) Nombre, apellidos y rúbrica del médico responsable.
2. Referidos al paciente:
A) Número de Historia Clínica y número de registro de
entrada.
B) Nombre y apellidos, fecha de nacimiento y sexo del paciente.
C) Domicilio postal del lugar de residencia habitual del paciente.
3. Referidos al proceso asistencial:
A) Fecha de admisión (ingreso).
B) Fecha de alta.
C) Motivo de alta: curación o mejoría, alta voluntaria, fallecimiento
o traslado a otro centro para diagnóstico y/o tratamiento.
D) Motivo inmediato del ingreso.
E) Resumen de la Historia Clínica y exploración física.
F) Resumen de la actividad asistencial, incluyendo los resultados de
las pruebas complementarias. En caso de fallecimiento y si se hubiese
realizado necropsia, se expondrán los hallazgos más significativos de ésta,
en un apartado específico.
G) Diagnóstico principal.
H) Otros diagnósticos si los hubiera.
I) Procedimientos quirúrgicos y/o obstétricos. En caso de parto
se especificará el peso al nacer, sexo y estado natal del recién
nacido.
J) Otros procedimientos significativos en su caso.
K) Recomendaciones terapéuticas.
- Si por algún motivo faltaran datos que impidan establecer un diagnóstico
definitivo, se elaborará un Informe de Alta Provisional, que será sustituido
en su día por el definitivo. Este informe provisional debe contener
todos los datos señalados, excepto el 3.D, 3.E y 3.F, siendo sustituido
el 3.G por el diagnóstico provisional.
- Los datos personales recogidos, serán tratados con su consentimiento
informado en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica
15/1999, y de conformidad a los principios dispuestos en la misma y en la
Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer el derecho de acceso,
rectificación, cancelación y oposición ante el responsable
del fichero. Para cualquier cuestión con esta materia puede dirigirse
al teléfono de información administrativa 012.
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Cáp.
III - 7 |
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