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GUÍA DE SERVICIOS

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Atención al Paciente 

BIOÉTICA, INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL PACIENTE

Servicio que presta
  • Prestar apoyo a los profesionales de la Consejería de Sanidad en aquellas cuestiones relacionadas con la bioética, con la finalidad de informar y orientar en todos aquellos aspectos éticos y normativos que surjan en los ámbitos de la relación clínica y de los sistemas de garantía asistencial para los ciudadanos.
  • Coordinación de los Comités de Ética Asistencial, así como el funcionamiento del Comité Asesor de Bioética de la Comunidad de Madrid.
Población a la que va dirigido el servicio
  • Profesionales de la Consejería de Sanidad y Consumo.
  • Directores Gerentes, Directores Médicos y Jefes de Servicio de Atención Especializada.
  • Gerentes y Directores Médicos de las Gerencias de Atención Primaria.
Organismo responsable
    Subdirección General de Bioética, Información y Atención al Paciente
    Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria.
Persona responsable
    Javier Sanchez Caro
    Director de la Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria
Información Medios de transporte

C/ Sagasta, 6, 1ª planta
28004 Madrid
Tel.: 91 338 78 57
Fax: 91 338 77 00
E-mail: javier.sanchezcaro@salud.madrid.org
agenciavirtual@salud.madrid.org

Autobuses: 21 y 147 Metro: Bilbao y Alonso Martínez
Horario de atención al público

De 9 a 14 horas de lunes a viernes.

Normativa aplicable
  • Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (BOCM 26.12.01).
  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
  • Decreto 61/2003, de 8 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico, de funcionamiento y la acreditación de los Comités de Ética para la Asistencia Sanitaria y se crean y regulan la Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria y el Comité Asesor de Bioética de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 355/2004, de 13 de abril, por la que se crea la Comisión de Acreditación de los Comités de Ética para la Asistencia Sanitaria (BOCM 27.4.04).
  • Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina. Convenio sobre los derechos humanos y la biomedicina, firmado en Oviedo el 4 de abril de 1997. Ratificado por España el 23 de julio de 1999.
  • Decreto 100/2005, de 29 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad .
Información adicional
  • Información y Atención al Paciente: Telf: 91 400 00 00 (Ver Ficha III-0 en esta Guía).
  • Agencias Sanitarias (Ver Ficha III-16 en esta Guía).
  • Teléfono 012 de Información General de la Comunidad de Madrid.
  • La Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria tiene en proyecto un servicio on line con el fin de proporcionar con agilidad el apoyo necesario para la resolución de los conflictos éticos y normativos que puedan surgir en la práctica asistencial.
Datos de Interés
1. La Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria desarrolla, entre otras, las siguientes funciones:
  • Información y orientación sobre aspectos éticos y normativos de las relaciones de los ciudadanos con el Sistema Sanitario.
  • Información y orientación sobre aspectos éticos y normativos de la relación clínica, la experimentación terapéutica, la investigación con y en seres humanos, el final de la vida, la investigación biomédica y la incorporación de nuevas tecnologías.
  • Orientación e información a los centros y profesionales sanitarios sobre cuestiones éticas y normativas que se susciten con motivo de la actividad asistencial.
  • Elaboración, coordinación y colaboración en la realización de protocolos de actuación. en el ámbito de la relación clínico asistencial, en lo que concierne a aspectos éticos y normativos.
  • Establecimiento de cauces de comunicación e interrelación entre los Comités de Ética para la Asistencia Sanitaria, con la finalidad de aunar criterios y establecer guías de actuación comunes.
  • Coordinación y apoyo a las actividades del Comité Asesor de Bioética de la Comunidad de Madrid.
  • Elaboración de monografías u otras aplicaciones de las consultas recibidas, debidamente sistematizadas.
  • Acciones formativas y de investigación, a través de la Agencia para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios Laín Entralgo.

2. Según el Decreto 61/2003 anteriormente citado, la Unidad de Bioética y Orientación Sanitaria regula     tres órganos diferentes, que se exponen a continuación:

  • Los Comités Éticos Asistenciales, situados en los grandes centros sanitarios o en las áreas de atención primaria, cuya finalidad es asesorar sobre posibles conflictos éticos que se pueden producir en la práctica clínica asistencial en el ámbito de las organizaciones e instituciones sanitarias, con el objetivo de mejorar la calidad de la asistencia sanitaria y proteger los derechos de los pacientes, sin perjuicio de las competencias que la Ley de Ordenación Sanitaria de la comunidad de Madrid atribuye al Defensor del Paciente.
  • El Comité Asesor de Bioética, situado en la Consejería de Sanidad , que unificará, hasta donde sea posible en virtud de su independencia y autoridad moral y científica, los conflictos de valores más importantes o repetidos y servirá de estímulo e impulso a los órganos colegiados periféricos. Su finalidad es asesorar a la Consejería de Sanidad en aquellas materias que lleven implícitas distintos valores éticos en conflicto.
  • La Subdirección de Bioética, órgano de carácter administrativo, mediante la que se pretende hacer frente con carácter preventivo, entre otras cuestiones, al fenómeno de la judicialización sanitaria.
 

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