| Servicio que presta |
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Gestionar la concesión de subvenciones destinadas
a asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo
de lucro de la Comunidad de Madrid para el desarrollo
de programas de ayuda mutua y autocuidados para
enfermos crónicos.
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| Población
a la que va dirigido el servicio |
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Grupos de Ayuda Mutua, Asociaciones u Organizaciones
sin ánimo de lucro que organicen o tengan
en marcha proyectos de actuación, dirigidos
a desarrollar y promover la ayuda mutua y los
autocuidados en enfermos crónicos y/o
familiares.
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| Organismo responsable |
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Dirección General de Salud Pública y Alimentación.
Unidad Administrativa.
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| Persona responsable |
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Beatriz Gómez Mayor.
Javier Martínez Corral.
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| Información |
Medios de transporte |
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C/ Julián
Camarillo,
4B, 3ª.
28037 Madrid.
Tel.: 91 205 29 53 y 51.
Fax: 91 205 29 59.
E-mail:
beatriz.gomez@salud.madrid.org
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Autobuses: 4, 28, 38, 48, 70, 105 y 109.
Metro: Ciudad Lineal y García Noblejas.
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| Horario de atención
al público |
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De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
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| Normativa aplicable |
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- Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid (BOCM 21.3.95).
- Orden de convocatoria publicada anualmente.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (BOE 18/11/03).
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| Procedimiento |
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- Documentación a presentar:
- Las Entidades Profesionales o
Científicas sin fines de lucro.
- Aquellas Asociaciones que lleven a cabo
actuaciones preventivas sobre VIH/Sida, por
ser objeto de otra Convocatoria
individualizada.
- Las Asociaciones u ONGs que en otras
ocasiones se les hayan concedido ayudas de
la Consejería de Sanidad y no
hayan presentado la justificación de la
subvención concedida.
- El plazo de presentación de solicitudes
será de 30 días naturales, contados
a partir del siguiente al de la publicación
de la Orden en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
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| Información
adicional |
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Cáp. I -3